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Comunicación previa de productor de residuos en la Comunidad de Madrid: quién, cómo y tasa

Si tu empresa produce residuos peligrosos en la Comunidad de Madrid, tiene que presentar una comunicación previa de productor antes de empezar la actividad. Te contamos quién está obligado, qué documentación se presenta, cuánto cuesta y qué obligaciones vienen después.

¿Tu empresa produce residuos peligrosos en la Comunidad de Madrid?

En Albera Medio Ambiente preparamos la comunicación previa, revisamos la clasificación de tus residuos y dejamos al día el resto de obligaciones del productor.

Cómo trabajamos el trámiteHablar con nosotros

Quién tiene que presentar la comunicación previa

La Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, obliga a comunicar la actividad a la comunidad autónoma, antes de empezar, a dos tipos de productores:

  • Las industrias o actividades que producen residuos peligrosos, sea cual sea la cantidad.
  • Las que producen más de 1.000 toneladas al año de residuos no peligrosos.

En la Comunidad de Madrid el procedimiento de la sede electrónica está pensado para los productores de residuos peligrosos y se apoya también en la Ley 1/2024, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid. Talleres, laboratorios, imprentas, industria metalúrgica o química, centros sanitarios o cualquier empresa que genere aceites usados, disolventes, envases contaminados, baterías o fluorescentes suelen estar en este supuesto.

Hay que volver a comunicar cuando la actividad se modifica de forma relevante (nuevos residuos, más cantidad, otro proceso o cambio de ubicación) y también comunicar el cese.

Ficha rápida del trámite en la Comunidad de Madrid

Órgano Dirección General de Transición Energética y Economía Circular (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior)
Plazo para presentarla Abierto todo el año; antes de iniciar la actividad o la modificación
Efectos Desde su presentación, sin perjuicio de la comprobación posterior de la Administración
Tasa 42,82 € según la sede electrónica en octubre de 2026 (modelo 030); el cese está exento
Presentación Solo electrónica, con firma electrónica reconocida
Resultado Inscripción en el registro y asignación del NIMA, que puede comprobarse en los dos meses siguientes

Documentación que hay que preparar

  • Anexo 1 con la información de la actividad: procesos, residuos producidos, condiciones de almacenamiento y gestión prevista para cada residuo.
  • Acreditación de la representación de quien firma.
  • Autorización expresa del interesado si la presenta un tercero, por ejemplo una consultora.
  • Justificante del pago de la tasa.

El anexo es donde se juega todo. Hay que identificar cada residuo con su código LER, indicar sus características de peligrosidad, estimar cantidades anuales y señalar el gestor y la operación de tratamiento previstos. Si los códigos o las cantidades no reflejan la actividad real, los problemas aparecen después: en los documentos de traslado, en la memoria anual o en una inspección.

Cómo se presenta, paso a paso

  1. Inventariar los residuos de cada proceso y clasificarlos con su código LER.
  2. Elegir gestores autorizados para cada residuo y formalizar los contratos de tratamiento.
  3. Pagar la tasa y guardar el justificante.
  4. Cumplimentar el formulario en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid (se puede guardar y recuperar con un localizador).
  5. Registrar la comunicación adjuntando la documentación.
  6. Comprobar el NIMA y el número de registro en los dos meses siguientes. Si no aparecen, la comunicación no reúne los requisitos y no surte efectos, así que conviene revisarlo.

Las empresas que ya estaban autorizadas o inscritas como pequeños productores antes de la ley actual ya tienen NIMA y no necesitan volver a comunicarlo, salvo que cambie su actividad.

Lo que viene después: obligaciones del productor

La comunicación previa es solo el punto de partida. Un productor de residuos peligrosos en Madrid debe, además:

  • Llevar el archivo cronológico de los residuos producidos y su destino.
  • Respetar los tiempos máximos de almacenamiento: seis meses para los residuos peligrosos, con envases y etiquetas adecuados.
  • Entregar los residuos a gestores autorizados y emitir los documentos de identificación en cada traslado (Real Decreto 553/2020).
  • Presentar la memoria anual de productor de residuos peligrosos cuando corresponda.
  • Contratar el seguro de responsabilidad civil exigido por el Real Decreto 208/2022 si se producen 10 toneladas o más al año de residuos peligrosos.

Si además tu empresa transporta sus propios residuos o actúa como intermediaria, necesitarás otros trámites; los explicamos en nuestra página sobre transportista, negociante y agente de residuos.

Preguntas frecuentes

¿Necesito comunicación previa si produzco pocos residuos peligrosos?

Sí. La obligación afecta a cualquier actividad que produzca residuos peligrosos, sin un mínimo de cantidad. La cantidad sí influye en otras obligaciones, como el seguro de responsabilidad civil a partir de 10 toneladas al año.

¿Puedo empezar a trabajar en cuanto presento la comunicación?

Sí, produce efectos desde su presentación. Pero si los datos son inexactos o falsos en algo esencial, la Administración puede impedir que continúes la actividad.

¿Qué pasa si cambio de nave o amplío la producción?

Debes comunicar la modificación con la misma documentación. Un traslado a otra ubicación implica comunicar la nueva instalación.

¿Es igual en otras comunidades?

La obligación es estatal, pero el procedimiento, la tasa y los formularios cambian. En Castilla y León, por ejemplo, también hay que aportar los contratos de tratamiento y, a partir de 10 t/año de peligrosos, el certificado del seguro.

Te ayudamos con la comunicación previa

En Albera Medio Ambiente ayudamos a empresas de la Comunidad de Madrid y de Castilla y León a dar de alta su actividad como productoras de residuos y a mantener el día a día bajo control, con nuestro servicio de consultoría ambiental en continuo. Si no tienes claro si tu empresa está obligada o tu inscripción está desactualizada, cuéntanos tu caso.

Fuentes: Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados; Comunidad de Madrid, ficha de comunicación previa de productores de residuos peligrosos (consultada en octubre de 2026).

¿Quieres tener el cumplimiento ambiental de tu empresa bajo control todo el año? En Albera Medio Ambiente te acompañamos con nuestra consultoría ambiental en continuo.