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Gestores de residuos autorizados: qué comprobar antes de entregar tus residuos y dónde consultarlos

Elegir gestor no es solo buscar el que recoge más barato. Hasta que tus residuos se tratan por completo, la responsabilidad sigue siendo de tu empresa. Te contamos qué comprobar antes de contratar, qué documentos te protegen en cada traslado y dónde consultar los gestores autorizados de cada comunidad autónoma.

En pocas palabras

Un gestor autorizado puede no estar autorizado para tu residuo: hay que mirar sus códigos LER y la operación de tratamiento. Tu responsabilidad como productor solo termina cuando puedes acreditar el tratamiento completo con el documento de identificación de cada traslado. Entregar residuos a quien no está autorizado es infracción grave, y muy grave si son peligrosos, con multas de hasta 3,5 millones de euros.

Tu responsabilidad no termina cuando el camión sale de la planta

Es la idea que más sorprende a las empresas que atendemos. La Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, dice en su artículo 20 que el productor debe asegurarse de que sus residuos reciben un tratamiento completo, y que entregarlos a un negociante o a un gestor intermedio no le libera, por regla general, de esa obligación.

¿Cuándo queda libre? Cuando puede demostrarlo con papeles: el documento de identificación de cada traslado firmado por el destinatario y, si el residuo pasa por una instalación intermedia, el certificado de la instalación de tratamiento final. Si un día la Administración pregunta dónde acabaron tus residuos, esa es la respuesta que tienes que poder dar.

Por eso no basta con que el gestor «esté autorizado». Tiene que estarlo para lo que tú le entregas, y la documentación tiene que cerrar el círculo.

Infracción (Ley 7/2022, art. 108)Residuos no peligrososResiduos peligrosos
Entregar, vender o ceder residuos a quien no está autorizadoGrave: de 2.001 a 100.000 €Muy grave: de 600.001 a 3.500.000 €
Trasladar residuos sin la documentación exigidaGrave: de 2.001 a 100.000 €Muy grave: de 600.001 a 3.500.000 €
No custodiar o no aportar la documentaciónGrave: de 2.001 a 100.000 €Grave: de 20.001 a 600.000 €

Importes del artículo 109 de la Ley 7/2022. La sanción concreta depende de la gravedad y de las circunstancias de cada caso.

Qué comprobar antes de contratar a un gestor

Esta es la revisión que hacemos cuando una empresa nos pide ayuda con sus residuos. Se tarda poco y evita la mayoría de los problemas.

  1. Que esté inscrito en el registro y tenga NIMA. Búscalo en el registro de su comunidad (tienes los enlaces más abajo) o pídele la resolución de autorización. El NIMA es su número de identificación medioambiental y aparecerá en todos los documentos.
  2. Que su autorización incluya tus códigos LER. Es el error más frecuente: un gestor de chatarra no tiene por qué estar autorizado para aceites usados, ni uno de plásticos para envases contaminados.
  3. Que la operación de tratamiento sea la adecuada. La autorización indica operaciones de valorización (R) o eliminación (D). Si tu residuo puede valorizarse, la normativa da prioridad a esa vía frente al vertedero.
  4. Si es negociante o agente, quién trata realmente el residuo. Pide el destino final y el certificado de tratamiento, porque tu responsabilidad sigue hasta ahí.
  5. Que el transportista también esté inscrito. Quien transporta residuos de forma profesional necesita su propia inscripción.
  6. Que haya contrato de tratamiento firmado antes del primer traslado, con los residuos, las cantidades previstas y las condiciones de aceptación.

¿Quieres que revisemos tus gestores y tu documentación?

Comprobamos que cada gestor está autorizado para tus residuos, ordenamos contratos, documentos de traslado y archivo cronológico, y te decimos qué falta. Trabajamos en Castilla y León, Madrid y el resto de España.

Obligaciones del productorCuéntanos tu caso

Gestor, negociante, agente o transportista: con quién estás tratando

En el día a día se llama «gestor» a cualquiera que se lleva los residuos, pero la ley distingue figuras con obligaciones distintas. Saber cuál es la de tu proveedor te dice qué tienes que pedirle.

FiguraQué haceCómo está habilitadoQué pedirle
Gestor de tratamientoTrata el residuo en su instalación: lo recicla, lo valoriza o lo eliminaAutorización de la comunidad autónoma donde está la instalaciónResolución de autorización con tus códigos LER y operaciones R o D
NegocianteCompra y vende residuos por cuenta propia, aunque no llegue a tenerlos físicamenteComunicación previa e inscripción en el registroDestino final del residuo y certificado de tratamiento
AgenteOrganiza la gestión por encargo de terceros, sin tomar posesión del residuoComunicación previa e inscripción en el registroGestor final y documentación de cada traslado
TransportistaTraslada residuos de terceros como actividad profesionalComunicación previa e inscripción en el registroInscripción vigente y, cuando corresponda, cumplimiento del ADR para mercancías peligrosas

Si quieres profundizar, te explicamos las diferencias en nuestra página sobre transportistas, negociantes y agentes de residuos.

Los documentos que te protegen en cada traslado

El Real Decreto 553/2020 regula los traslados de residuos dentro de España. En los traslados que necesitan notificación previa, tanto la notificación como el documento de identificación se tramitan de forma electrónica desde septiembre de 2021, en la plataforma e-SIR del Ministerio o en el sistema propio de algunas comunidades.

DocumentoCuándoQuién lo hacePara qué te sirve
Contrato de tratamientoAntes del primer trasladoEl operador del traslado con el gestor de destinoFija qué residuos acepta el gestor y en qué condiciones
Notificación previaResiduos peligrosos, residuos destinados a eliminación y residuos domésticos mezclados. Las comunidades tienen 10 días para oponerseEl operador del trasladoAvisa a las administraciones de origen y destino antes de mover el residuo
Documento de identificaciónEn cada traslado, acompañando al residuoEl operador del traslado; el gestor lo acepta o lo rechazaAcredita la entrega para tratamiento. Guarda la copia firmada por el destinatario al menos tres años
Archivo cronológicoDe forma continuaTu empresa, si está inscrita como productora o genera más de 10 toneladas al año de no peligrososRegistra qué residuos generas, cuánto y a quién los entregas

El «operador del traslado» suele ser tu empresa o el gestor o negociante que organiza la recogida. Conviene dejarlo claro en el contrato, porque es quien tramita la documentación.

Errores que vemos a menudo

Dar por buena una autorización sin leerla. El gestor está autorizado, sí, pero no para ese código LER o solo para almacenarlo, no para tratarlo. Basta un vistazo a la resolución para detectarlo.

Conformarse con un certificado genérico. Un papel que dice «recogemos sus residuos conforme a la normativa» no sustituye al documento de identificación de cada traslado, que es lo que acredita la entrega.

Entregar la chatarra o los palés a quien pasa a recogerlos. Aunque no pague nada, quien se los lleva debe estar inscrito como transportista y entregarlos a un gestor autorizado. Si no lo está, la infracción también es tuya.

Apurar los plazos de almacenamiento. Los residuos peligrosos no pueden estar más de seis meses en tus instalaciones. Si el gestor tarda en recoger, el incumplimiento es de tu empresa, no suyo.

Si generas residuos peligrosos, te ayudará repasar sus características de peligrosidad, porque de ellas depende qué gestor puede recibirlos.

Dónde consultar los gestores de residuos autorizados de cada comunidad

El Registro de Producción y Gestión de Residuos es único para toda España, pero la consulta pública la ofrece cada comunidad autónoma. Busca al gestor en la comunidad donde está su instalación, que no tiene por qué ser la tuya.

Comunidad autónomaProvinciasRegistro de gestores
AndalucíaAlmería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y SevillaConsultar gestores
AragónHuesca, Teruel y ZaragozaConsultar gestores
AsturiasAsturiasConsultar gestores
CanariasLas Palmas y Santa Cruz de TenerifeConsultar gestores
CantabriaCantabriaConsultar gestores
Castilla y LeónÁvila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y ZamoraConsultar gestores
Castilla-La ManchaAlbacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y ToledoConsultar gestores
CataluñaBarcelona, Gerona-Girona, Lérida-Lleida y TarragonaConsultar gestores
Comunidad ValencianaAlicante-Alacant, Castellón-Castelló y ValenciaConsultar gestores
ExtremaduraBadajoz y CáceresConsultar gestores
GaliciaLa Coruña-A Coruña, Lugo, Orense-Ourense y PontevedraConsultar gestores
Islas BalearesIslas Baleares-Illes BalearsConsultar gestores
La RiojaLa RiojaConsultar gestores
MadridMadridConsultar gestores
MurciaMurciaConsultar gestores
NavarraNavarraConsultar gestores
País VascoÁlava-Araba, Guipúzcoa-Guipuzkoa y Vizcaya-BizkaiaConsultar gestores

Si no encuentras al gestor en el buscador, pídele directamente su NIMA y la resolución de autorización. Cualquier gestor serio te los facilitará sin problema.

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si un gestor de residuos está autorizado?

Búscalo por su nombre o su NIMA en el registro de la comunidad autónoma donde está su instalación, o pídele la resolución de autorización. Comprueba además que la autorización incluye los códigos LER de tus residuos y la operación de tratamiento que va a hacer.

¿Puedo entregar mis residuos a un gestor de otra comunidad autónoma?

Sí. Lo importante es que su instalación esté autorizada para tu residuo. El traslado entre comunidades se documenta igual, con contrato de tratamiento y documento de identificación, y con notificación previa cuando el tipo de residuo lo exige.

¿Basta con el certificado que me da el gestor?

No. Lo que acredita la entrega es el documento de identificación de cada traslado, firmado por el destinatario. Si el residuo pasa por una instalación intermedia o por un negociante, necesitas también el certificado de la instalación que hace el tratamiento final.

¿Qué es el NIMA?

Es el número de identificación medioambiental que la comunidad autónoma asigna a cada centro productor o gestor de residuos. Aparece en los contratos, en los documentos de traslado y en las etiquetas de los residuos peligrosos.

¿Qué multa hay por entregar residuos a un gestor no autorizado?

Según la Ley 7/2022, es una infracción grave si los residuos no son peligrosos, con multas de 2.001 a 100.000 euros, y muy grave si son peligrosos, con multas de 600.001 a 3.500.000 euros.

Siguiente paso

Que tus residuos no sean un riesgo para tu empresa

Si generas residuos, revisamos tus gestores, contratos y documentos de traslado, y te ayudamos con la comunicación previa de productor y el archivo cronológico. Y si quieres ser tú el gestor, tramitamos la autorización de principio a fin.

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Revisado por el equipo técnico de Albera Medio Ambiente · Actualizado en octubre de 2026

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