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Sanciones ambientales: cuánto pueden costar y qué hacer si te abren un expediente

Las multas ambientales pueden ir de unos cientos de euros a varios millones, y casi nunca vienen solas: suelen acompañarse de la obligación de corregir, reparar o incluso parar la actividad. Te resumimos las cuantías de las principales leyes y qué hacer si llega un requerimiento o un expediente sancionador.

En pocas palabras

Cada ley ambiental tiene su régimen sancionador: residuos, aguas, calidad del aire y autorizaciones ambientales integradas. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, y las muy graves pueden superar el millón de euros. Ante un requerimiento, lo importante es responder en plazo, con documentación técnica sólida y corrigiendo lo que proceda.

Cuánto pueden costar

MateriaNormaLevesGravesMuy graves
Residuos no peligrososLey 7/2022Hasta 2.000 €2.001 a 100.000 €100.001 a 3.500.000 €
Residuos peligrososLey 7/2022Hasta 20.000 €20.001 a 600.000 €600.001 a 3.500.000 €
Calidad del aireLey 34/2007Hasta 20.000 €20.001 a 200.000 €200.001 a 2.000.000 €
Autorización ambiental integradaReal Decreto Legislativo 1/2016Hasta 20.000 €20.001 a 200.000 €200.001 a 2.000.000 €
Aguas continentalesTexto refundido de la Ley de AguasHasta 10.000 €50.001 a 500.000 €500.001 a 1.000.000 €

Además de la multa, pueden imponerse la clausura o suspensión de la actividad, la revocación de autorizaciones y la obligación de reponer o reparar. En aguas existe también la categoría de menos graves (10.001 a 50.000 €). Las comunidades autónomas tienen además su propio régimen en licencias y autorizaciones ambientales.

Las infracciones más habituales

IncumplimientoDónde suele detectarse
Residuos sin gestor autorizado o mal clasificadosInspección de residuos, documentos de traslado
Almacenamiento de residuos peligrosos más de seis mesesVisita a planta, archivo cronológico
Modificaciones de la instalación no comunicadasInspección de la autorización
Autocontroles de emisiones o vertidos no realizados o fuera de límitesRevisión documental
Declaraciones anuales no presentadasCruce de datos de la Administración

¿Te ha llegado un requerimiento o un expediente?

Analizamos el caso, reunimos la documentación técnica, preparamos las alegaciones y te ayudamos a corregir lo necesario para cerrar el expediente cuanto antes.

Consultoría ambiental en continuoCuéntanos tu caso

Qué hacer si recibes un requerimiento o un expediente

  1. Anota el plazo el mismo día: suelen ser de diez a quince días.
  2. Lee qué se pide exactamente y qué hechos se imputan.
  3. Reúne la documentación: autorizaciones, registros, contratos, analíticas, facturas.
  4. Busca apoyo técnico y jurídico: muchas veces el problema es técnico, no legal.
  5. Corrige lo que proceda y documenta la corrección.
  6. Responde en plazo con argumentos y pruebas.
  7. Revisa por qué ha pasado para que no se repita.

Errores que vemos a menudo

Ignorar un requerimiento. No responder suele empeorar la situación y puede ser una infracción en sí misma.

Responder sin pruebas. Las alegaciones necesitan documentos, no solo explicaciones.

Corregir sin dejar constancia. La corrección rápida y documentada puede influir en la graduación de la sanción.

Si tu empresa está en Castilla y León, te interesa nuestro artículo sobre el nuevo régimen de inspecciones ambientales.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la multa máxima por una infracción ambiental?

Depende de la ley. En residuos, las infracciones muy graves pueden llegar a 3.500.000 euros; en calidad del aire y autorizaciones ambientales integradas, a 2.000.000 de euros.

¿Qué es un requerimiento ambiental?

Una petición de la Administración para que la empresa aporte información o corrija una situación en un plazo. No es todavía una sanción, pero conviene responder con rigor.

¿Puede la Administración parar mi actividad?

En infracciones graves o muy graves, y como medida provisional en situaciones de riesgo, puede suspender la actividad o clausurar la instalación.

¿La multa sustituye a la obligación de reparar?

No. Además de la sanción, la empresa puede tener que reponer la situación o reparar el daño, según la normativa aplicable y la Ley 26/2007 de responsabilidad medioambiental.

Siguiente paso

Mejor prevenir que alegar

Revisamos tu cumplimiento ambiental antes de que llegue la inspección y, si ya ha llegado, te acompañamos en todo el proceso.

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Revisado por el equipo técnico de Albera Medio Ambiente · Actualizado en octubre de 2026

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