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Ley de desperdicio alimentario: qué tiene que hacer tu empresa desde abril de 2026
Las obligaciones de la Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, son exigibles desde el 2 de abril de 2026. Si tu empresa produce, transforma, distribuye o sirve alimentos, probablemente tenga que tener un plan de prevención. Te explicamos quién está obligado, qué hay que hacer y qué sanciones hay.

En pocas palabras
Todos los agentes de la cadena alimentaria deben tener un plan de prevención de pérdidas y desperdicio y aplicar una jerarquía de prioridades: prevenir, donar, alimentación animal, subproductos y, por último, compost o energía. Quedan exentas las microempresas y los establecimientos de 1.300 m² o menos. No tener el plan es una infracción grave, con multas de 2.001 a 60.000 euros.
Quién está obligado
| Agente | ¿Plan de prevención? |
|---|---|
| Industria alimentaria | Sí, salvo microempresas |
| Distribución y comercio | Sí, salvo establecimientos de 1.300 m² o menos y microempresas |
| Hostelería y restauración | Sí, con las mismas exenciones, y además debe permitir llevarse lo que no se consuma |
| Producción primaria | Sí, salvo pequeñas explotaciones |
| Entidades de iniciativa social que reparten alimentos | Obligaciones específicas de trazabilidad y seguridad |
Los establecimientos de una misma empresa que en conjunto superan los 1.300 m² siguen obligados. Fuente: Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
La jerarquía de prioridades
| Orden | Destino del excedente |
|---|---|
| 1 | Prevención, incluida la transformación en otros productos para consumo humano |
| 2 | Donación y redistribución para consumo humano |
| 3 | Alimentación animal y fabricación de piensos |
| 4 | Uso como subproducto en otras industrias |
| 5 | Reciclado (compost, digestato) y, si no es posible, valorización energética |
¿Tienes ya tu plan de prevención?
Hacemos el diagnóstico de pérdidas en tu empresa, redactamos el plan, organizamos los acuerdos de donación y la gestión de los excedentes como subproducto o residuo.
Cómo hacer el plan
- Mide las pérdidas por etapa: recepción, almacén, producción, venta o servicio.
- Analiza las causas: caducidades, roturas, sobreproducción, previsiones de demanda.
- Define medidas de prevención con responsable y plazo.
- Firma acuerdos de donación con entidades sociales o bancos de alimentos, salvo que no sea viable y lo justifiques.
- Organiza el resto de destinos según la jerarquía, con gestores autorizados cuando sea residuo.
- Registra y revisa los datos de forma periódica.
Te explicamos cómo aplicamos este proceso en planesdedesperdicioalimentario.com.
Sanciones
| Tipo | Ejemplos | Multa |
|---|---|---|
| Leve | No aplicar la jerarquía o incluir cláusulas que impidan la donación | Hasta 2.000 euros |
| Grave | No tener plan de prevención, destruir alimentos aptos para el consumo | De 2.001 a 60.000 euros |
| Muy grave | Reincidencia en infracciones graves | De 60.001 a 500.000 euros |
Errores que vemos a menudo
Pensar que basta con donar. La prioridad es prevenir, y el plan debe demostrarlo.
No separar excedentes y residuos. Lo que puede ir a alimentación animal o subproducto no debe acabar en el contenedor.
Olvidar la obligación en hostelería de permitir que el cliente se lleve lo que no ha consumido sin coste adicional.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo son exigibles las obligaciones de la Ley 1/2025?
Las obligaciones de los agentes de la cadena alimentaria, incluido el plan de prevención, se aplican desde el 2 de abril de 2026.
¿Mi empresa está exenta?
Están exentas las microempresas y los establecimientos de transformación, comercio, distribución y hostelería de 1.300 m² o menos, salvo que la empresa en conjunto supere esa superficie.
¿Es obligatorio donar?
Hay que promover acuerdos de donación con entidades sociales o bancos de alimentos, salvo que no sea viable y se justifique.
¿Qué multa hay por no tener plan?
Es una infracción grave, con multas de 2.001 a 60.000 euros.
Revisado por el equipo técnico de Albera Medio Ambiente · Actualizado en octubre de 2026
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